Personas físicas (IRPF): desgravación del 80% en los 150 primeros euros y, a partir de 150, el 35%, con un 5% extra si el donativo es plurianual.
Personas jurídicas (IS): desgravación del 35% y si el compromiso es plurianual, la donación desgrava un 40%.
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fifiscales al mecenazgo. Des de 50 €.